Pensión por orfandad del IMSS: a qué hijos les toca y cuánto
En corto
La pensión por orfandad del IMSS la reciben los hijos menores de 16 años de la persona fallecida, plazo que se amplía hasta los 25 si estudian o sin límite si no pueden mantenerse por una discapacidad (artículo 134). El monto es del 20% para el huérfano de padre o madre y del 30% si perdió a ambos (artículo 135).
⚠️ Información educativa, no asesoría jurídica. Esta guía explica lo que dice la Ley del Seguro Social vigente; no evalúa tu caso ni tramita tu pensión. Los montos en pesos (pensión garantizada, UMA) se actualizan cada año, así que verifica las cifras vigentes con el IMSS. Para tu situación concreta, acude al IMSS o con una persona abogada o asesora en seguridad social.
Cuando fallece una persona asegurada o pensionada, sus hijos pueden recibir la pensión de orfandad.
Quiénes y hasta cuándo
El artículo 134 reconoce el derecho a cada hijo menor de 16 años. Ese límite se amplía hasta los 25 años si el hijo estudia en planteles del sistema educativo nacional, y no tiene límite de edad si no puede mantenerse por sí mismo debido a una discapacidad.
Cuánto paga
El artículo 135 fija el monto:
- 20% de la pensión base cuando el hijo es huérfano de padre o madre (perdió a uno).
- 30% cuando es huérfano de padre y madre (perdió a ambos).
Desde cuándo
El artículo 136 marca que el derecho a la pensión comienza desde el día del fallecimiento de la persona asegurada o pensionada.
Relacionado
La orfandad es independiente de la pensión de viudez de la pareja. Si no hay viuda, viudo ni huérfanos, pueden entrar los padres con la pensión de ascendientes.
Esta guía es información educativa y general sobre la Ley del Seguro Social (texto vigente, última reforma DOF 15-01-2026). No es asesoría jurídica ni financiera, no sustituye al IMSS ni a una persona profesional, y no tramita tu pensión. Los montos en pesos se actualizan cada año: confirma las cifras vigentes con el IMSS.