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Robo a casa habitación en Jalisco: ¿qué castigo tiene?

Actualizado el 16 de junio de 2026·Información educativa, no asesoría legal

En corto

En Jalisco el robo a casa habitación no tiene una pena fija propia: se castiga como un ROBO CALIFICADO. El artículo 236, fracción IV, del Código Penal para el Estado Libre y Soberano de Jalisco considera calificado el robo cometido en un edificio, vivienda, aposento o cuarto destinados para habitación. La pena se fija con la escala del artículo 236 Bis, apartado a): de 2 a 5 años de prisión cuando el valor de lo robado no excede de 360 UMA; de 3 a 8 años cuando excede de ese monto pero no de 1000 UMA; de 4 a 11 años cuando excede de 1000 UMA; y de 3 a 6 años cuando no puede determinarse el valor. En todos los casos se impone además multa en UMA. Lo aplican la Fiscalía y los jueces del fuero común del estado de Jalisco.

En Jalisco, el robo a una casa no se castiga con un artículo de pena fija. Se castiga como un robo calificado: la ley toma la pena del robo y la agrava porque el hecho ocurrió en una vivienda. El Código Penal para el Estado Libre y Soberano de Jalisco lo regula en los artículos 233 a 239. Esto es lo que dice, artículo por artículo.

Esta guía explica el Código Penal para el Estado Libre y Soberano de Jalisco y aplica a delitos cometidos en Jalisco (Guadalajara, Zapopan, Tlaquepaque, Tonalá, Tlajomulco y demás municipios). Cada estado tiene su propio código penal. Es información educativa y general, no asesoría legal, y no predice la pena que un juez impondría en un caso concreto.

Qué es el robo y cuál es su pena base

El artículo 233 define el robo: apoderarse de una cosa ajena mueble, sin derecho y sin consentimiento de quien puede disponer de ella (Art. 233).

El artículo 235 fija la pena del robo simple según el valor de lo robado, medido en UMA (el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización): de seis meses a tres años si no excede de 360 UMA; de dos a seis años si excede pero no pasa de 1000 UMA; de tres a diez años si pasa de 1000 UMA; y de dos a cinco años cuando el valor no puede determinarse (Art. 235).

Por qué la casa habitación agrava el robo

El artículo 236 lista las calificativas que convierten un robo simple en robo calificado. La fracción IV es la que importa aquí: que el robo se cometa “en lugar cerrado o en edificio, vivienda, aposento o cuarto que estén destinados para habitación”. También la fracción X califica el robo cuando esos lugares se encuentran ocupados al momento del delito (Art. 236).

La pena del robo a casa habitación

El artículo 236 Bis fija la pena del robo calificado por apartados, según qué calificativa intervenga.

La casa habitación destinada a vivienda (fracción IV) cae en el apartado a):

  1. De 2 a 5 años de prisión cuando lo robado no excede de 360 UMA.
  2. De 3 a 8 años cuando excede de ese monto pero no de 1000 UMA.
  3. De 4 a 11 años cuando excede de 1000 UMA.
  4. De 3 a 6 años cuando no puede determinarse el valor de lo robado.

En todos los casos se impone además multa en UMA (Art. 236 Bis).

Si la vivienda estaba ocupada al momento del robo (fracción X), la pena sube al apartado b): de 5 a 10 años, de 6 a 12 años o de 8 años 6 meses a 15 años según el valor de lo robado.

Y si solo entraron, sin llevarse nada

Entrar a una vivienda sin permiso y sin orden de autoridad es allanamiento de morada. El artículo 191 lo sanciona con prisión de seis meses a dos años, y de uno a tres años si media furtividad, engaño o violencia (Art. 191). Si además se apoderaron de bienes, se configura el robo calificado de casa habitación.

Si eres víctima

El robo se denuncia ante el Ministerio Público o la Fiscalía del Estado de Jalisco (911 si hay peligro inmediato). Esta guía explica qué dice la ley, pero no sustituye la orientación de una persona abogada para tu caso concreto.