Pensión garantizada del ISSSTE: qué es y de cuánto
En corto
La pensión garantizada del ISSSTE es la que el Estado asegura a quien reúne los requisitos de cesantía en edad avanzada o vejez pero cuya cuenta individual no alcanza para una pensión mayor (artículo 92). La ley fija un monto base mensual que ella misma ordena actualizar cada febrero conforme al INPC, por lo que la cifra vigente cambia cada año: confírmala con el ISSSTE.
⚠️ Información educativa, no asesoría jurídica. Esta guía explica lo que dice la Ley del ISSSTE vigente (trabajadores al servicio del Estado); no evalúa tu caso ni tramita tu pensión. Los montos en pesos se actualizan cada año, así que verifica las cifras vigentes con el ISSSTE. El IMSS y el ISSSTE son sistemas distintos. Para tu situación concreta, acude al ISSSTE o con una persona abogada o asesora.
La pensión garantizada del ISSSTE protege a quien cumple edad y antigüedad pero cuyo ahorro no alcanza.
Qué es
El artículo 92 la define como la pensión que el Estado asegura a quienes reúnen los requisitos para una pensión por cesantía en edad avanzada o vejez.
De cuánto es
El artículo 92 fija un monto base mensual —en el texto de la ley, 3,034.20 pesos— y, en la misma frase, ordena actualizarlo cada febrero conforme al Índice Nacional de Precios al Consumidor. Es decir: esa cifra es la base de referencia, y el monto vigente hoy es mayor. Por eso conviene confirmar la cantidad actualizada con el ISSSTE en lugar de tomar una cifra fija.
Cuando el ahorro no alcanza
El artículo 93 prevé que, si los recursos de tu cuenta individual resultan insuficientes, se complete para asegurar la pensión garantizada; el artículo 94 contempla la aportación del Gobierno Federal.
No es la Pensión para el Bienestar
Como en el IMSS, la pensión garantizada del ISSSTE es contributiva (depende de tu antigüedad). La Pensión para el Bienestar de personas adultas mayores es un programa social distinto.
Esta guía es información educativa y general sobre la Ley del ISSSTE (texto vigente, última reforma DOF 15-01-2026). No es asesoría jurídica ni financiera, no sustituye al ISSSTE ni a una persona profesional, y no tramita tu pensión. Aplica a personas trabajadoras al servicio del Estado, no a quienes cotizan al IMSS. Los montos en pesos se actualizan cada año.