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Vacaciones 2026: la tabla vigente (cuántos días te tocan)

Actualizado el 8 de junio de 2026·Información educativa, no asesoría legal

Si todavía viste por ahí que el primer año son “6 días de vacaciones”, esa tabla quedó atrás. La reforma de vacaciones dignas cambió las cifras y hoy el mínimo es bastante mayor. Aquí tienes la tabla vigente y las reglas, con el artículo al lado. Es información educativa, no asesoría legal. Para tu número, está la calculadora de vacaciones y prima.

La tabla vigente

El artículo 76 establece que, al cumplir más de un año de servicios, las personas trabajadoras tienen un periodo anual de vacaciones pagadas que “en ningún caso podrá ser inferior a doce días laborables”, y que aumenta en dos días por cada año subsecuente “hasta llegar a veinte”. Esta es la tabla:

Años cumplidosDías de vacaciones
112
214
316
418
520
6 a 1022
11 a 1524
16 a 2026
21 a 2528
26 a 3030

Cómo suben los días

Hasta el quinto año, la cuenta es simple: +2 días por año, de 12 a 20. A partir de ahí cambia el ritmo. El artículo 76 dice que “a partir del sexto año, el periodo de vacaciones aumentará en dos días por cada cinco de servicios”. Por eso de los 6 a los 10 años son 22 días, de los 11 a los 15 son 24, y así.

Cuándo se toman

El artículo 78 establece que de los días que te corresponden, debes disfrutar al menos doce de forma continua, y que la distribución queda a tu decisión. El artículo 81 agrega que las vacaciones deben darse dentro de los seis meses siguientes al cumplimiento del año de servicios, y que el patrón debe entregarte una constancia anual con tu antigüedad y el periodo que te corresponde.

No se pagan en vez de darse

Un punto importante: las vacaciones son para descansar, no para cobrarlas y seguir trabajando. El artículo 79 establece que “las vacaciones no podrán compensarse con una remuneración”. La excepción es cuando la relación de trabajo termina: ahí el mismo artículo prevé que se pague la parte proporcional al tiempo trabajado.

En resumen

La tabla vigente del artículo 76 va de 12 días al primer año hasta 20 al quinto, y luego +2 por cada cinco años. Debes tomar al menos 12 días continuos (Art. 78) dentro de los seis meses siguientes a tu aniversario (Art. 81). No se pueden pagar en lugar de darse, salvo lo proporcional al terminar la relación (Art. 79).


Calcula tus días y tu prima: calculadora de vacaciones y prima. ¿Qué es la prima vacacional? Lee la guía. ¿Dudas con tu caso? Pregúntale al motor → aquí.

Esta es una herramienta educativa basada en el texto vigente de la Ley Federal del Trabajo (última reforma DOF 14-05-2026). No es asesoría legal y no sustituye a una persona profesional del derecho. El resultado real depende de los detalles de tu caso. Asesoría gratuita del gobierno: PROFEDET 800 911 7877.