Divorcio en CDMX: uno solo puede pedirlo, sin causa y sin permiso del otro
Desde hace años, en la Ciudad de México no necesitas demostrar infidelidad, abandono ni ninguna otra “causal” para divorciarte — y tampoco necesitas que tu cónyuge esté de acuerdo. Así lo regula el Código Civil para el Distrito Federal. Esto es lo que dice, artículo por artículo.
Esta guía cita la ley de la Ciudad de México. En otras entidades el trámite y los requisitos pueden ser distintos. Información educativa, no asesoría legal; el procedimiento concreto requiere acompañamiento profesional.
Bilateral o unilateral — sin causa
El artículo 266 establece que el divorcio disuelve el vínculo del matrimonio y deja a los cónyuges en aptitud de contraer otro, y que su trámite podrá ser bilateral o unilateral. No hay lista de causales que acreditar: la voluntad de uno basta para iniciar. Aquí el texto del Art. 266.
La propuesta de convenio: el requisito real
Quien pide el divorcio unilateral debe acompañar su solicitud con una propuesta de convenio para regular las consecuencias de la disolución. El artículo 267 detalla su contenido: la designación de quien tendrá la guarda y custodia de hijas e hijos menores (o mayores que requieran apoyo), las modalidades de convivencia, los alimentos, el uso de la vivienda y la liquidación del régimen patrimonial, entre otros. Aquí el texto del Art. 267.
El juez corrige el convenio — y protege ante violencia familiar
El artículo 271 obliga a juezas y jueces de lo familiar a suplir la deficiencia de las partes en el convenio propuesto. Y añade algo importante: si existe presunción de violencia familiar, el juzgado debe allegarse de pruebas y decretar las medidas necesarias para salvaguardar la integridad y seguridad de las víctimas (Art. 271).
Medidas provisionales desde el día uno
No hay que esperar a la sentencia. El artículo 282 establece que desde que se presenta la demanda o la solicitud de divorcio se dictan las medidas provisionales pertinentes — alimentos, custodia provisional, uso de la vivienda — que subsisten mientras dura el juicio (Art. 282).
La situación de los hijos la fija la sentencia
El artículo 283 establece que la declaratoria de disolución atiende a la perspectiva de género y al interés superior de la infancia y adolescencia, y debe fijar todo lo relativo a patria potestad, guarda y custodia y régimen de convivencias (Art. 283).
⚠️ Si en tu caso hay violencia familiar, además de los efectos civiles puede existir un delito. Puedes llamar al 911 o a la línea *765 de atención a víctimas.
Consulta tu caso con cita oficial
En el consultor elige el chip Divorcio / Custodia, selecciona Ciudad de México y pregunta en tus palabras; el motor responde citando el artículo exacto del CCDF.
Esta información es educativa. Para tu situación concreta, consulta a una persona profesional del derecho familiar.