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Cómo registrar una marca en México ante el IMPI: requisitos, vigencia y qué no puedes registrar

Actualizado el 15 de junio de 2026·Información educativa, no asesoría legal

En corto

Para registrar una marca en México se presenta una solicitud ante el IMPI (Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial) con la representación del signo y la lista de productos o servicios que distinguirá. El derecho a usarla en exclusiva se obtiene con el registro (artículo 170), que dura diez años contados desde su otorgamiento y se puede renovar por periodos iguales (artículo 178). El IMPI es una autoridad administrativa; esto es información general, no asesoría jurídica.

Registrar una marca es la forma de proteger el nombre, logotipo o signo con el que tu negocio se da a conocer. La respuesta corta: se presenta una solicitud ante el IMPI y el derecho de uso exclusivo se obtiene con el registro, que dura diez años renovables. Esto es lo que dice la Ley Federal de Protección a la Propiedad Industrial, artículo por artículo.

Esta guía explica la Ley Federal de Protección a la Propiedad Industrial, que aplica el IMPI (Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial), una autoridad administrativa, no un juez. Es información educativa y general, no asesoría jurídica ni una solicitud, y no garantiza que una marca sea registrable: eso lo resuelve el IMPI caso por caso. Las tarifas y clasificaciones se actualizan y no se citan aquí.

Por qué conviene registrar tu marca

Cualquier persona física o moral puede usar una marca en su comercio o servicios, pero el derecho a usarla en exclusiva —y a impedir que otros la usen— sólo se obtiene con el registro ante el IMPI (Art. 170). Sin registro, usas la marca de hecho, pero no tienes la protección legal que da el título.

La ley define marca como todo signo perceptible por los sentidos que permita identificar de forma clara y precisa qué se protege y que distinga tus productos o servicios de otros de su misma clase en el mercado (Art. 171).

Qué puede ser una marca (y qué no)

El artículo 172 enumera los signos que pueden constituir una marca: denominaciones, letras, números, elementos figurativos y combinaciones de colores, así como hologramas, formas tridimensionales, nombres comerciales y razones sociales, el nombre propio de una persona y hasta sonidos (Art. 172).

En sentido contrario, el artículo 173 lista lo que no es registrable: los nombres técnicos o de uso común del producto, las palabras o figuras genéricas, descriptivas o sin distintividad, las formas tridimensionales del dominio público y —muy importante— los signos que se confundan con una marca ya registrada o solicitada para los mismos productos o servicios (Art. 173). Por eso conviene hacer una búsqueda de antecedentes antes de gastar en el trámite.

Cómo se solicita el registro ante el IMPI

La solicitud se presenta ante el IMPI con, al menos, el nombre y domicilio de quien solicita, la representación del signo que será la marca, la fecha de primer uso (o la mención de que no se ha usado) y los productos o servicios específicos que distinguirá (Art. 214).

Recibida la solicitud, el IMPI la publica en la Gaceta y abre un plazo improrrogable de un mes para que cualquier interesado pueda oponerse al registro (Art. 221). Después, el Instituto realiza el examen de forma y el examen de fondo para verificar si la marca es registrable; si hay un impedimento o una oposición, te lo comunica para que respondas y ofrezcas pruebas (Art. 225). La oposición, por sí sola, no prejuzga el resultado.

Cuánto dura y cómo se renueva

El registro tiene una vigencia de diez años contados desde la fecha de su otorgamiento y se puede renovar por periodos iguales (Art. 178). La renovación se solicita dentro de los seis meses anteriores al vencimiento —con un plazo de gracia de seis meses posteriores— y, al renovar, se declara el uso real y efectivo de la marca (Art. 237).

Tienes que usar tu marca: caducidad por no uso

Registrar no es suficiente. Si una marca no se usa durante tres años consecutivos en los productos o servicios para los que se registró, procede la caducidad del registro (total o parcial), salvo que se acredite su uso (Art. 235). Conserva pruebas de que tu marca está en el mercado.

El símbolo ® y “Marca Registrada”

Las leyendas “Marca Registrada”, las siglas “M.R.” o el símbolo ® sólo pueden usarse para los productos o servicios para los que la marca esté efectivamente registrada (Art. 236). Usarlos sin registro puede constituir una infracción.

Antes de empezar

El punto de partida oficial es el IMPI (impi.gob.mx), donde puedes hacer una búsqueda de antecedentes para ver si tu marca está disponible y presentar la solicitud en línea. Como las tarifas se actualizan, confírmalas directamente en el IMPI.

Esta guía es información general de la Ley Federal de Protección a la Propiedad Industrial. El registro de una marca tiene plazos y requisitos de forma que, si se incumplen, pueden costarte el trámite: para tu caso concreto conviene apoyarte en una persona agente o abogada especialista en propiedad industrial.