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Calculadora

Calculadora de aguinaldo 2026

Tu aguinaldo completo o proporcional conforme al artículo 87 de la Ley Federal del Trabajo: mínimo 15 días de salario, pagadero antes del 20 de diciembre. Información educativa.

Mensual ÷ 30, semanal ÷ 7.
El mínimo de ley es 15 días (Art. 87). Si tu contrato da más, usa ese número.

Cómo se calcula

CasoFórmulaFundamento
Año completosalario diario × días de aguinaldo (mínimo 15)Art. 87, párrafo 1
Proporcionalsalario diario × días × (días trabajados en el año / 365)Art. 87, párrafo 2

La fecha límite de pago es antes del 20 de diciembre (Art. 87).

Lo que más se pregunta

  • Ya no trabajo ahí: el derecho proporcional existe «independientemente de que se encuentren laborando o no en la fecha de liquidación del aguinaldo» (Art. 87, texto literal). Si saliste en el año, te toca la parte proporcional.
  • Salario variable: la LFT no fija una regla expresa para el aguinaldo; una estimación práctica usa el promedio diario de tus percepciones del año (no la confundas con la regla de indemnizaciones del Art. 89).
  • No me lo pagaron: la regla general de prescripción es de un año (Art. 516); hay instancia conciliatoria previa ante los Centros de Conciliación (Art. 684-B) y asesoría gratuita en PROFEDET.
  • Impuestos: puede aplicar retención conforme a la Ley del ISR (cálculo fiscal fuera de esta herramienta).

Artículos citados

Art. 87Art. 89Art. 516Art. 684-B

Texto verificado contra la Ley Federal del Trabajo, última reforma DOF 14-05-2026.

Preguntas frecuentes

¿Cuándo deben pagarme el aguinaldo?

El Art. 87 establece que el aguinaldo se paga antes del día veinte de diciembre y equivale a quince días de salario, por lo menos.

Renuncié a mitad de año, ¿me toca aguinaldo?

Sí. El Art. 87 establece que quienes no hayan cumplido el año, estén o no laborando en la fecha de pago, tienen derecho a la parte proporcional conforme al tiempo trabajado.

¿Qué pasa si no me lo pagan?

Hay instancia conciliatoria previa (Art. 684-B) y la regla general de prescripción de un año (Art. 516). PROFEDET asesora gratis: 800 911 7877.

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Esta es una herramienta educativa basada en el texto vigente de la Ley Federal del Trabajo (última reforma DOF 14-05-2026). No es asesoría legal. El monto real depende de los detalles de tu caso. Asesoría gratuita del gobierno: PROFEDET 800 911 7877.